Validez de las pruebas de detectives privados

Los detectives privados son profesionales que están capacitadas legalmente para realizar investigaciones de carácter confidencial a personas físicas o jurídicas. Un detective privado obtiene pruebas y datos de interés que más tarde son utilizadas en procesos judiciales o ante los tribunales. Pero, ¿cuál es realmente la validez de las pruebas de los detectives privados?

Según el artículo 265.1.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, a los detectives privados se les da el carácter de testigos cualificados al determinar que “a toda demanda o contestación habrá de acompañarse los informes, elaborados por profesionales de la investigación privada legalmente habilitados, sobre hechos relevantes en que aquéllas apoyen sus pretensiones; sobre estos hechos, si no fueran reconocidos como ciertos, se practicará una prueba testifical”.

¿Cuál es la implicación legal de dicho artículo? Pues que el Tribunal Supremo define a los detectives privados como testigos privilegiados dentro de un caso y, sobre sus documentos. Añade, además, que éstos son “un instrumento dotado de exclusividad para el eficaz control por el empresario de los deberes exigibles al trabajador”. Es misma sentencia dice que “el testimonio emitido por los detectives privados tiene, a favor de su veracidad, no sólo la garantía de profesionalidad exigible y en principio también presumible, en una profesión reglada legalmente, sino también de la que, de modo innegable, se les presupone una mayor ciencia que al resto de los testigos por haberse dedicado profesionalmente al conocimiento de los hechos que se dirimen en el proceso en el que declaran”.

Respecto a las grabaciones de los detectives privados, el Tribunal Supremo en Sentencia 5 de julio de 1984 estableció que puede ser comprendido como medio de prueba del detective el vídeo, ya que permite la posterior observación de lo que se proyecta y aporta pruebas irrefutables, así como las grabaciones de voz. Estas grabaciones, sin embargo, deberán haber sido realizadas en un ámbito público, nunca privado. En ningún momento el detective privado debe haber recurrido a micrófonos escondidos para grabar conversaciones privadas y sólo podrá haber grabado conversaciones en las que él mismo haya sido partícipe para que estas se consideren no sólo válidas, sino también legales.

Si necesita aportar pruebas en un proceso judicial puede contactar con nuestros detectives privados, que estudiarán su caso, evaluarán los requerimientos del mismo y le le asesorarán para conseguir el mejor resultado posible.